Cuestiones actuales de IVA del alquiler de inmuebles por no residentes en Alemania | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Cuestiones actuales de IVA del alquiler de inmuebles por no residentes en Alemania

30/09/2021
| Frank Behrenz
Aktuelle Umsatzsteuerfragen bei Vermietung inländischer Grundstücke durch ausländische Eigentümer

La dinámica evolución jurídica de los cuestionamientos fiscales relacionados con el arrendamiento de inmuebles en Alemania por inversores extranjeros los hace objeto frecuente de nuestras contribuciones en este boletín. En pos a la más amplia posible reducción de los impuestos alemanes, suelen evitarse las instalaciones comerciales en territorio nacional, y se busca llevar desde el extranjero las funciones de personal requeridas, o las mismas se asignan a proveedores de servicios externos. Si bien, últimamente la jurisprudencia se ha ocupado en primer lugar por interrogantes con respecto a los impuestos sobre la renta (véanse, por ejemplo, nuestras contribuciones de octubre de 2018 y febrero como junio de 2020), ahora se está enfocando más en las cuestiones relacionadas con el IVA. Las preguntas principales apuntan a la existencia de un establecimiento permanente a efectos del IVA y al lugar de realización de servicios prestados desde el extranjero, a la obligación tributaria del destinatario nacional de los servicios y al procedimiento correcto para hacer valer solicitudes del inversor a fin de recuperar el IVA alemán (procedimientos de autoliquidación o de devolución del IVA soportado).

El Tribunal de lo Fiscal de Berlín-Brandenburg (sentencia de 22/03/2021 - 7 K 7103/19) tuvo que resolver cuestiones de este tipo en caso de una sociedad comanditaria constituida bajo el derecho alemán (KG), cuyo objeto es la gestión y venta de bienes inmuebles situados en Alemania y cuyos socios comanditarios residen en el extranjero, al igual que los socios y administradores del socio colectivo, que es una sociedad de responsabilidad limitada bajo el derecho alemán (GmbH). Según esta sentencia, una KG con sede de dirección efectiva situada en el extranjero y que alquila un edificio grande de oficinas en Alemania utilizando una administración local de viviendas como otros proveedores de servicios externos, mantiene un establecimiento permanente a efectos del IVA en Alemania. La KG utilizó diversos servicios de proveedores también establecidos en el extranjero para llevar la adquisición y comercialización de los inmuebles (búsqueda de objetos, financiación, consultoría de transacciones, venta posterior) como para realizar las actividades administrativas en curso (gestión de objetos, contabilidad, control financiero, etc.). Según la opinión del FG, cada elemento individual de los contratos de servicios, que contienen un gran número de servicios diferentes, deben examinarse separadamente a efectos del IVA y en función de su naturaleza, si están sujetos a imposición en el país o en el extranjero.

En el procedimiento de casación pendiente ante el Tribunal Federal Supremo de lo Fiscal (BFH V R 17/21) desempeñarán los principios de la sentencia del TJUE en el asunto Titanium (C-931/19) también un papel importante al respecto, por los cuales un inmueble arrendado no constituye un establecimiento permanente en el sentido del IVA si el propietario del inmueble no cuenta con su propio personal para prestar servicios relacionados con el arrendamiento.

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