Deducibilidad de IVA soportado en la factura con la dirección postal verificada (IV) | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Deducibilidad de IVA soportado en la factura con la dirección postal verificada (IV)

28/09/2018
| Frank Behrenz
Vorsteuerabzug aus Rechnung mit Angabe einer reinen Briefkastenadresse (IV)

En la edición de enero 2018 de este boletín el autor ya informó que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) -en base de una presentación por el Tribunal Federal Supremo de lo Fiscal (BFH)- determinó en dos sentencias del 15/11/2018 (C-374/16 y C-375/16), que la aplicación del Derecho Europeo de deducción del IVA soportado no depende si en la factura la dirección detallada es donde el emisor tiene su actividad económica, alcanzando que pueda ser contactado postalmente a través de la misma. En las consecuentes sentencias (BFH V R 25/15 y V R 28/16) recién publicadas el 21/06/2018 el Tribunal lo confirmó, de modo que el sujeto pasivo no debe comprobar que sea el lugar de la actividad comercial de la empresa que emite la factura. La citada jurisprudencia se puede aplicar respectivamente al criterio de la dirección completa del receptor de la operación, que según § 14 (4) Satz 1 Nr. 1 UStG (Ley Alemana del IVA) vale tanto para el emisor como receptor de la factura.

Según las directivas de la Administración Tributaria Alemana es suficiente a estos efectos dar un apartado de correos o una dirección para clientes mayoristas como dirección de factura (ap. 14.5 (2) fr. 3 UStAE -Reglamento de Aplicación del IVA). Aún así, el receptor de la operación debe comprobar que el emisor de la factura sea identificable inequívocamente y la vericidad del contacto postal para efectuar la deducción. Por lo que se aconseja que la dirección de factura sea la verificable por lo menos en registros públicos (Registro Mercantil, Registros de Actividades Empresariales) o bien al consultarse de la validez del número de identificación usado por el emisor a efectos del IVA en el Registro de Operadores Intracomunitarios del Estado miembro correspondiente de la Unión Europea.

Categoría:

¿Le ha gustado este artículo?

¡Compártalo en sus redes!