La CNMC multa a tres empresas siderúrgicas por participar en un cártel de intercambio de información | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La CNMC multa a tres empresas siderúrgicas por participar en un cártel de intercambio de información

29/04/2022
| Carlos Vérgez, Eduardo Crespo
Die spanische Wettbewerbsbehörde verhängt Geldstrafen gegen drei Stahlunternehmen aufgrund der Beteiligung an einem Informationsaustauschkartell

El 4 de marzo de 2022, la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (“CNMC”) adoptó una Resolución por la que sancionó a tres empresas del mercado de compra de chatarra en España por intercambiar información comercialmente sensible.

A raíz de una información anónima presentada ante la Comisión Europea y de la solicitud de clemencia presentada por la empresa GALLARDO BALBOA, en noviembre de 2018 y en marzo de 2020 la CNMC llevó a cabo inspecciones en las sedes de varias empresas. Así, en julio de 2020, la CNMC inició un expediente sancionador contra ARCERLOMITTAL y sus filiales, CELSA y su filial FERIMET, GALLARDO BALBOA y su filial BALBOA, MEGASA y su matriz BIPADOSA, SISE y su matriz RIVA FORNI ELETTRICI, y SIDENOR y su matriz CLERBIL por la posible comisión de conductas contrarias al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (“LDC”) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (“UE”).

En su Resolución, la CNMC declaró la existencia de una infracción única y continuada consistente en la creación de un cártel mediante el que las empresas se intercambiaron información confidencial y comercialmente sensible relativa a: (i) los precios futuros de compra que pretendían ofertar a sus proveedores de chatarra férrica; (ii) las paradas técnicas de sus acerías; y (iii) sus precios o precios de terceros competidores que todavía no eran públicos para todo el mercado.

Los intercambios de información se produjeron, por un lado, entre GALLARDO BALBOA y SIDENOR, en agosto de 2017 y, por otro lado, entre SIDENOR y ARCELOMITTAL, entre enero y agosto de 2017. Gracias a estos intercambios, las empresas fueron capaces de alinear su comportamiento, garantizándose el aprovisionamiento de chatarra, sin someterse a la disciplina del mercado y restringiendo la competencia.

Por ello, la CNMC declaró la existencia de dos infracciones muy graves de los artículos 1 LDC y 101 TFUE constitutivas de cártel e impuso multas por un valor total de 24 millones de euros a GALLARDO BALBOA, SIDENOR y ARCELOMITTAL, archivando las actuaciones contra el resto de las empresas incoadas. Asimismo, apuntó la posibilidad de que se prohíba a las empresas sancionadas contratar con la Administración Pública en el futuro, indicando, expresamente, que el hecho de que la infracción no afecte al sector público es irrelevante de cara a la imposición de tal prohibición.

Dado que la información aportada por GALLARDO BALBOA ayudó a desmantelar el cártel, la Resolución redujo su multa en un 50%. Es de esperar que las empresas recurran las multas ante la Audiencia Nacional.

Este asunto confirma una vez más que la investigación de cárteles constituye una de las máximas prioridades de la CNMC y recuerda que cuando los intercambios de información entre empresas competidoras versan sobre precios y cantidades futuras y otros aspectos comerciales, serán normalmente constitutivos de cártel y no una mera restricción de la competencia entre competidores.

Categoría:

¿Le ha gustado este artículo?

¡Compártalo en sus redes!