Nueva obligación de información para operadores y vendedores en plataformas digitales e intercambio internacional de información | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Nueva obligación de información para operadores y vendedores en plataformas digitales e intercambio internacional de información

28/02/2023
| Frank Behrenz
Neue Meldepflichten für die Betreiber von und Anbieter auf digitalen Plattformen und internationaler Informationsaustausch

En nuestras contribuciones a las ediciones de noviembre y febrero de 2021 de este boletín hemos informado sobre varias de las nuevas normas del IVA para garantizar el cumplimiento de la obligación tributaria alemana en la distribución transfronteriza online de bienes y servicios a través de mercados electrónicos a clientes privados en Alemania, en particular mencionamos la introducción de una ficción legal de la entrega de proveedores a los operadores del mercado (art. 3.a (3) (a), frase 1, LIVA-DE) y su responsabilidad (art. 25e LIVA-DE).

Con efecto a partir del 01/01/2023, la denominada Ley de Transparencia fiscal de las Plataformas (PStTG) ha transpuesto la denominada Directiva DAC 7 (UE 2021/514 de 22/3/2021) a la legislación alemana, centrándose en el control de los ingresos generados por el uso de plataformas digitales en Alemania. La ley establece obligaciones de información exhaustivas para los operadores y proveedores de bienes y servicios en plataformas electrónicas, así como un intercambio automático de información entre los Estados miembros de la UE. Las nuevas disposiciones legales van acompañadas de una circular del Ministerio Federal de Finanzas (BMF) de 02/02/2023 relativa a las cuestiones en la aplicación de la PStTG (IV B 6 — S 1316/21/10019:025). 

Las nuevas obligaciones de información se refieren no solamente a los operadores y vendedores de plataformas digitales con sede en la UE, sino también a aquellos que no tienen su domicilio social o la sede de dirección o un establecimiento permanente en la UE, el criterio decisivo es disponer de un nexo al territorio nacional que le permite conectarse con los clientes nacionales y contraer negocios con estos. Las plataformas que exclusivamente sirven para el procesamiento de pagos, listados o reenvíos de los datos de usuarios o la distribución de publicidad, así como los sitios web u otras presencias online de empresas a través de las cuales se venden exclusivamente sus propios productos, no se ven afectadas por esta obligación de informar.

En Alemania, el destinatario central al cual deben ser notificadas las operaciones es la Oficina Federal Central Tributaria (BZSt), que transmite electrónicamente los datos sobre los proveedores nacionales de acuerdo con el modelo oficial a las autoridades fiscales de los demás Estados miembros de la UE y recibe los datos correspondientes de estos países a cambio. La notificación de los operadores y vendedores de plataformas electrónicas en la UE y terceros países se debe presentar una vez al año a más tardar el 31 de enero para el año anterior, y por primera vez el 31/01/2024 para 2023. El incumplimiento de las obligaciones legales en materia de registro, notificación, información de los vendedores, cooperación y registro de transacciones podría constituir una infracción administrativa y una sanción con multa de hasta EUR 50.000.

Por lo tanto, se recomienda a los operadores y vendedores de bienes y servicios en plataformas electrónicas que garanticen el cumplimiento de las nuevas obligaciones legales mediante medidas organizativas adecuadas.

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