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Primera sanción a directivos de entidades infractoras de la competencia

30/06/2016
| Mónica Weimann
Erstmalig Bußgelder gegen Geschäftsführer wettbewerbsverstoßender Unternehmen

Mediante resolución de 12 de mayo de 2016, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un total de 128,8 millones de euros a siete fabricantes de pañales para adultos y a la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (FENIN) por conductas constitutivas de cártel. 

Según la CNMC, consta acreditado que entre los años 1996 y 2014 se produjeron acuerdos de fijación del precio de los pañales para adultos no hospitalizados que financia el Servicio Nacional de Salud y cuya venta al consumidor final tiene lugar a través de las farmacias. Asimismo, las entidades infractoras habrían utilizado una estrategia de interposición de recursos frente a las licitaciones públicas convocadas por las autoridades sanitarias para evitar que éstas adquiriesen y distribuyesen los pañales, garantizándose de esta forma los mayores ingresos que les generaba su comercialización directa a través de las farmacias. 

En todo caso, la principal novedad de esta sanción viene determinada por el hecho de que, por primera vez desde que se creó la CNMC, se multa a varios directivos de las entidades participantes en el cártel. Esta multa es posible en virtud del artículo 63.2 de la Ley de Defensa de la Competencia, en virtud del cual cabe multar hasta un máximo de 60.000 euros a los representantes legales o personas integrantes de los órganos directivos de la persona jurídica infractora que hayan intervenido en el acuerdo o decisión sancionado. En su resolución, la CNMC ha tenido en cuenta que la cuota de mercado conjunta de las entidades infractoras en el mercado relevante asciende al 95% y que la incontinencia urinaria grave es una dolencia que afecta a un gran número de personas, con importantes consecuencias para la salud y la calidad de vida.

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